Ayudas nacionales del programa «Generación Digital PYMES»
Publicado en el BOE, el Extracto de la resolución de 23 de julio de 2024 de la Fundación EOI,F.S.P. por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa «Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en PYMES», en el marco del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia.
Convoca: | Ministerio de Industria y Turismo. EOI (Escuela de Organización Industrial). |
Fecha de Solicitud: | 18 de septiembre de 2024. |
Presupuesto: | El presupuesto total de las ayudas en la presente convocatoria asciende a la cantidad de 50.700.000 €, que corresponden a la formación de 39.000 personas. |
Requisitos: | Dada la calidad académica de excelencia requerida para conseguir el éxito en el cumplimiento del objetivo de estas formaciones, además de los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden ICT/1081/2022 de 7 de noviembre, modificada por la Orden ITU/742/2024, de 17 de julio, los beneficiarios deberán acreditar que: a) Están legalmente constituidos, al menos, desde tres años antes de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria. b) Disponen de, al menos, un establecimiento o sucursal en España en el momento de presentación de la solicitud. c) Son entidad de formación reconocida en España. d) Disponen de, al menos, dos años de experiencia en formación en el ámbito de la transformación digital de la empresa (no entendiéndose por transformación digital aquellas formaciones en competencias digitales básicas) dirigidas a personas de equipos directivos y/o personas del resto de áreas de trabajo de las pymes. e) Disponen de recursos económicos y materiales suficientes para ejecutar la ayuda solicitada, entendiendo como tales disponer de un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles, por un importe de al menos el importe de la ayuda total solicitada. f) Disponen de recursos humanos suficientes para ejecutar la ayuda solicitada, entendiendo como tales disponer, en el momento de presentación de la solicitud, al menos el equivalente a tres personas a tiempo completo con relación laboral con la entidad. Se deberán comprometer, asimismo, a mantener estos recursos a lo largo del período de desarrollo de las actividades objeto de la subvención. |
Objeto: | El objeto de la convocatoria es seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar Programas de Formación en el ámbito de la Transformación Digital dirigidos a personas de equipos directivos así como trabajadores de la pyme que requieran una actualización o desarrollo de competencias en digitalización para un mejor desempeño de la empresa en todo el territorio nacional. El objetivo de estas ayudas es incrementar las competencias digitales de las personas de equipos directivos y del resto de áreas de las pequeñas y medianas empresas. Esta formación en gestión digital contribuirá a la mejora de la productividad de estas empresas, así como su competitividad y posibilidades decrecimiento e internacionalización. |
Beneficiarios: | Podrán tener la condición de beneficiarias las entidades de formación reconocidas en España siempre que estén válidamente constituidas al menos, desde tres años antes de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria, dispongan de al menos, un establecimiento o sucursal, en España en el momento de presentación de la solicitud, y de dos años, al menos, de experiencia en formación en el ámbito de la transformación digital dela empresa (no entendiéndose por transformación digital aquellas formaciones en competencias digitales básicas). |
Localización del Beneficiario: | Nacional. |
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