Reskilling & Upskilling de la Población Activa. Extremadura, 2025

Subvenciones previstas en la Línea II del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas afinanciar proyectos de acciones para la formación de cualificación y recualificación (reskilling/upskilling) de la población activa en sectores estratégicos, sector del cuidado de las personas y en zonas en riesgo dedespoblación en la comunidad autónoma de Extremadura.

CONVOCAJunta de Extremadura – SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
FECHA DE SOLICITUD29/1/2025
GESTIONASERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
LOCALIZACIÓNExtremadura
OBJETOSe aprueba la tercera convocatoria, correspondiente al ejercicio de 2025, de subvenciones previstas en la Línea 1I del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar el desarrollo de acciones para la formación de cualificación y recualificación (reskilling/upskilling) de la población activa en sectores estratégicos, sector del cuidado de las personas y en zonas de riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Componente 20 «Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional» del PRTR, con financiación de la Unión Europea, a través del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
CATEGORÍASEmpleo Formación Minusválidos / Discapacitados Mujeres, Infancia y Ayudas familiares Juventud Recursos Humanos
BENEFICIARIOSCooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias Empresas (más de 250 empleados) Microempresas (menos de 10 empleados) Pymes (menos de 250 empleados) Sociedades Civiles
BEN. DETALLEPodrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta convocatoria las entidades de formación que se encuentren acreditadas y/o inscritas, a fecha de la presentación de la solicitud de subvención, en la familia y área profesional asociadas a la cualificación profesional a la que se vinculen las competencias profesionales para las cuales se oferta la formación, en el correspondiente Registro de entidades de formación.   Las entidades de formación deberán disponer de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los proyectos de formación por los que solicitan la ayuda o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, en el momento de inicio de la actividad formativa. Tales medios podrán ser propios o de titularidad de terceras entidades privadas o públicas y se deberá disponer de ellos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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