Andalucía convoca subvenciones destinadas a la formación no formal, de cualificación y recualificación, de la población activa. 

La Junta de Andalucía ha anunciado las subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa.

Se ha publicado en el BOJA, Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva.

Convoca:Junta de Andalucía – Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Fecha de Solicitud:31/08/2024
Gestiona:Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Localización de Acciones Subvencionables:Andalucía
Objeto:La formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales o catálogos que determine la normativa vigente, en los sectores estratégicos recogidos en el Anexo II de las bases reguladoras, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro.
Categorías:Educación y Ciencia Empleo Formación I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Beneficiarios:Asociaciones Autónomos Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias Entidades sin ánimo de lucro Fundaciones Microempresas (menos de 10 empleados) Organismos / Entidades Públicas Pymes (menos de 250 empleados) Sociedades Civiles Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Beneficiarios detalle:a) Para los proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, las empresas a título individual, que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho. b) Para los proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate, las agrupaciones de empresas, asociaciones empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas. c) Para los proyectos de entidades de formación que presenten propuestas de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas, las entidades de formación que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, que, en el caso que opten por la formación mixta, cuenten con centros  físicos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para impartir la modalidad presencial. d) Para los proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad relacionados en el Anexo V de las Bases Reguladoras, las entidades sin ánimo de lucro, con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad. No podrán participar en estos proyectos personas ocupadas que no pertenezcan a colectivos de especial vulnerabilidad.
Localización del Beneficiario:Andalucía

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